La magistrada Sandra González determinó que la empresa vulneró el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 891/2020, que prohibía los despidos sin causa durante la emergencia sanitaria por COVID‑19. La normativa buscaba proteger el empleo y evitar un aumento de la desocupación en un contexto de alta vulnerabilidad.
El caso se remonta a noviembre de 2020, cuando la compañía de telefonía móvil notificó el despido alegando bajo rendimiento y el incumplimiento de un plan de acción. El trabajador había sido trasladado al teletrabajo tras la imposición del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) y había recibido previamente advertencias por sus cifras de venta.
Con la decisión judicial, el empleado será reincorporado a su puesto habitual de 40 horas semanales en el call center, manteniendo las mismas condiciones salariales y de jornada que tenía antes del cese. La sentencia refuerza la vigencia del DNU como herramienta de protección laboral en situaciones de emergencia.
Fuente: LV12 Tucumán
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