La Unidad de Información Financiera (UIF) ha emitido un reglamento que define los lineamientos que deben aplicar los sujetos obligados —bancos, casas de cambio y otras entidades financieras— para analizar la procedencia de los recursos de los contribuyentes que se acojan al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias. El objetivo es prevenir el lavado de activos y garantizar la transparencia en las transacciones.
Según la normativa, la justificación del origen de los fondos será requerida en situaciones específicas, como la apertura de una cuenta bancaria, la realización de operaciones superiores a ciertos montos y cualquier movimiento que presente indicios de irregularidad. En estos casos, la entidad financiera deberá solicitar al cliente una serie de documentos que acrediten la legalidad del dinero, entre los que se incluyen facturas, contratos, extractos bancarios y declaraciones juradas.
Para los contribuyentes bajo el régimen simplificado, la documentación exigida se simplifica, pero sigue siendo esencial presentar comprobantes de ingresos, declaraciones de impuestos y, en su caso, certificados de retenciones. La UIF enfatiza que la falta de entrega de la información requerida puede derivar en sanciones, incluyendo multas y la imposibilidad de operar con la entidad financiera. Con estas medidas, la autoridad busca fortalecer la lucha contra el lavado de activos sin sobrecargar a los pequeños contribuyentes.
Fuente: Cronista









